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Cárcel a quien fomente y aplique terapias de Conversión Sexual en Edoméx



  • Legislatura local prohíbe esta práctica sobre integrantes de la comunidad LGBTTTIQ.


La LX Legislatura mexiquense prohibió los procedimientos o métodos que tienen la falsa e incorrecta finalidad de corregir la orientación e identidad sexual de una persona, conocidas como ECOSIG, y avaló sanciones de uno a tres años de prisión o de 25 a 100 días de trabajo comunitario y de 50 a 200 días multa a quien someta, coaccione u obligue a otro a recibir este tipo de tratamientos.


Destaca el hecho de que es el segundo Congreso local del país en prohibir este tipo de terapias, algunas de estas basadas en tratos crueles, inhumanos y degradantes.



La reforma al Código Penal del Estado de México, propuesta por la diputada Beatriz García Villegas, en nombre del grupo parlamentario de Morena, especifica que las sanciones aumentarán si la conducta se lleva a cabo contra menores de edad, personas con discapacidad, adultas mayores, privadas de la libertad o que no tienen la capacidad para comprender el significado del hecho, o cuando la víctima sea ascendiente, descendiente, hermano, pupilo, tutor, cónyuge, concubina o concubinario del inculpado, además de que en estos casos el delito se perseguirá de oficio.



El dictamen, enriquecido con las propuestas de colectivos como Fuera del Clóset y la Red de Defensores de la Diversidad Sexual, indica que estas terapias vulneran los derechos y afectan la integridad física y psicológica de las personas integrantes de la comunidad de lesbianas, gays, bisexuales, transgénero, travesti, transexuales, intersexual y queer (LGBTTTIQ).


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